Autismo y retrasos del desarrollo en Bolivia
Qué ley te ampara en Bolivia y qué pasos puedes dar, con las fuentes oficiales.
Lo que te ampara
Ley 223 y el carnet de discapacidad
La Ley General para Personas con Discapacidad, de 2012, garantiza la salud gratuita en la red pública y la educación inclusiva. El CONALPEDIS, bajo el Ministerio de Justicia, es la entidad que defiende esos derechos. El carnet de discapacidad vigente es necesario para cobrar el bono y pedir licencias.
Por dónde empezar
1Tramita el carnet en el SEDES de tu departamento
En La Paz lo califica la UTRAID del SEDES. Se pide la presencia de la persona y su cédula, o la del padre o la madre si es menor. También un certificado médico de una institución de salud estatal con el tipo y grado de discapacidad, y un croquis del domicilio. El carnet dura 6 años.
2Si la discapacidad es grave o muy grave, pide el bono
Es un bono mensual de Bs 250 que paga la alcaldía. Hay que estar en el registro SIPRUN PCD del Ministerio de Salud y tener el carnet vigente.
3Derechos en tu trabajo
Las madres y los padres a cargo de un hijo con discapacidad menor de 18 años tienen protección contra el despido. Si la discapacidad es grave o muy grave, tienes hasta 3 días laborables al mes de licencia para su atención en salud, presentando el carnet.
4En la escuela: acceso y permanencia
El Estado garantiza el acceso y la permanencia de los estudiantes con discapacidad en el sistema educativo, en el marco de la educación inclusiva.
5Si no se cumplen tus derechos, la Defensoría del Pueblo
Tiene una línea gratuita: 800 10 8004.
La ley y la escuela real no siempre coinciden
Que una ley obligue no significa que se cumpla igual en todas partes. Muchas veces la escuela no rechaza a tu hijo: lo acepta y lo pone en un aula con niños sin autismo, a menudo sin los apoyos que dice la ley. Algunas escuelas sí tienen apoyos y personal preparado, y también hay escuelas especiales. Usa la ley para pedir los apoyos que le corresponden. Antes de inscribirlo, pregunta qué escuelas de tu zona los tienen de verdad: las asociaciones de familias suelen saberlo.
Fuentes oficiales
- Cámara de Diputados — Ley 223, Ley General para Personas con Discapacidad
- Cámara de Diputados — Ley 977, bono e inserción laboral
- Ministerio de Trabajo — Decreto Supremo 3462, licencias
- SEDES La Paz — Requisitos de calificación (2025)
- SEDES La Paz — Vigencia y renovación del carnet
- Defensoría del Pueblo de Bolivia